Martinfiberman escribió:Las medidas de prueba las vas a solicitar de acuerdo a cual sea la situación procesal de tu asistido. Recordar que la carga de la prueba le corresponde al MP. A veces es conveniente probar, muchas veces no...
Después de tanto tiempo, gracias por tomarte la molestia de responderme.
Les comento a los colegas que gentilmente me respondieron, que finalmente mi mi clienta prestó declaración indagatoria, la acompañe, y aclaré presentando copia del pasaporte que ella no se encontraba en el país cuando comenzó todo, se le hizo firmar cuerpos de escritura, lo cual el perito calígrafo determinó que su letra y firma no se corresponde con ninguna documentación presentada en la causa, es decir, la misma arrojó resultado negativo.
Cuestión es que, quiero ya presentar un escrito solicitando el sobreseimiento en los términos del art 321 y 323 inc 5 del CPP, que establece el sobreimiento cuando exista una causa de justificacion (como repito mi clienta estaba fuera del país cuando ocurrió el hecho).
Que opinan, voy bien encaminada? Gracias!