Estimado,
En mi caso, luego de declarado valido el testamento se ordeno su protocolizacion.
Una vez que fue protocolizado, denuncie el bien en el sucesorio, de la siguiente manera:
"Que atento el estado de autos, habiéndose declarado válido en cuanto a sus formas el testamento ológrafo otorgado por la causante de autos xxxxx y habiéndose cumplimentado su protocolización, venimos a solicitar se ordene su inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Ciudad de Buenos Aires, en relación al inmueble cuyo título de propiedad e informe de dominio se adjunta al presente.-
II. INFORME DE DOMINIO e INHIBICIONES.-
Se adjunta al presente informe de dominio del inmueble denunciado en autos y de inhibición del causante.-
III. VALUACION FISCAL - TASA DE JUSTICIA.-
Se acompaña al presente valuación fiscal del año en curso del inmueble denunciado en autos, asimismo se adjunta por separado comprobante de pago de tasa de justicia del bien inmueble denunciado en autos, que fue liquidada de acuerdo lo normado en la Ley 23.898.
IV. LEY 22.427 art. 5.
En nuestro carácter de coherederos testamentarios asumimos las deudas que eventualmente se registren respecto del inmueble que integra el acervo sucesorio de acuerdo lo normado en el art. 5 de la ley 22.427.
V. DENUNCIA DATOS PERSONALES.
Denunciamos a sus efectos, los datos personales de los suscriptos:
xxxxxx
Por lo expuesto solicito se tenga por cumplido con lo dispuesto por el Art. 3 bis de la ley 17.801. (modificado por ley 25.345).-
VI. LEY 1010 DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.
Se acompaña al presente certificado de inexistencia de deuda tributaria expedida por la Dirección General de Rentas respecto del inmueble cuya inscripción solicita. "
Con eso ordenaron la inscripcion:
" I.- Agréguese.-
II.- Con el pago efectuado a fs. 44, tiénese por satisfecha
la tasa judicial respecto del bien inmueble denunciado.-
III.-Practíquese la inscripción del testamento
protocolizado a fs.27/28, declaración de validez de fs. 24, con relación al siguiente bien ......"
Ahora bien, en tu caso, tenes testamentaria y ab-intestato .... y aun pendiente la DH de los herederos legitimarios, segun entendi... Aclaro: Nunca tuve un expediente asi....
Desconzco si son varios o es un solo bien inmueble... en este ultimo caso CREO que deberías esperar para denunciarlo una vez que haya DH y de algun modo esten todos los herederos declarados... asi se puedan establecer los % de cada uno para inscribir....
Mientras que si son varios bienes .... supongo habrá que ver el caso... que tipo de heredero es, por si pudiera haberse afectado la legitima con la disposicion testamentaria... no se, es una duda que me surge... analizalo bien en concreto segun tu caso, sin guiarte 100% por esto ultimo... espera mas opiniones sino