Buenas soy nuevo en el foro, tengo un cliente nuevo que es una empresa de transporte (omnibus urbanos) y mi cliente me dice que el abogado que tenian antes, siempre les hacia pagar a la contraparte, apesar que en algunos casos eran motos o autos que embestian a los colectivos que circulaban por la derecha en forma correcta, me junte a hablar con el abogado que tenian antes, y me confirmo que es asi, que como son rodado mayor, cosa peligrosa segun el 1113 (viejo cc) y el 1757 (nuevo CC-) y que aun cuando nos choquen ellos a nosotros el juez falla en nuestra contra, a mi entender esta lejos de ser asi, pues sino, todos chocariamos contra colectivos camiones u otros rodados mayores a fines de que nos paguen, yo creo que el colega siempre cerraba con las contra parte a fines de llevar unas monedas mas a su hogar. Pero en fin alguno tiene conocimiento en la materia, jurisprudencia o algo que consideren pertinente. Desde ya gracias
