Estimados colegas, tengo un caso en el cual el trabajador sufrio un accidente in itinere en agosto del 2010 EFECTUO denuncia a la ART antes de la presecripcion pero esta no otorgo prestacion alguna, por este motivo comenzo con el reclamo administrativo a comienzos del 2012 y en el 2014 se le fijo un incapacidad provisoria de 50,8 % en enero del 2015 se le termino otorgando la misma incapacidad pero con caracter definitivo. Se le abono una indemnizacion inferior a cualquier formula de calculo que este percibio firmando en disconformidad. PREGUNTA: Es posible que presente la demanda por las diferencias correspondientes a la liquidaciòn que efectuo la ART aplicando la formula Voutto y solicitando la aplicacion del RIPTE, todo tomando como fecha la de determinacion de la incapacidad como definitiva (enero de 2015), no la del accidente que ya esta prescripta. Muchas gracias.