Hola a todos!
Les comento mi caso. LLega una señora con un juicio iniciado en febrero de 2012, con sentencia de Noviembre de 2015 de cobro canon locativo. La letrada anterior recibia los traslados y la sentencia del canon y nunca contestaba nada.Luego de recibir varias cedulas de traslado de liquidaciones de ampliaciones acompaño una cedula que le llego a su domicilio al expediente en septiembre de 2013 manifestando que la devolvia ya que hacia mas de un año no tenia contacto con el cliente por lo cual no podia continuar con su representacion.
El juez saca un proveido diciendo: Agreguese. A sus antecedentes.
Nunca ordeno el juez que notifique a la demandada la renuncia a fin de que presente nuevo letrado bajo apercibimiento de que el resto de las notificaciones sean en los estrados.
Es mas, el juicio continuo y cada traslado que ordenaba VS se enviaba la cedula a la Dra. que oportunamente habia renunciado. Esta letrada nunca devolvia las cedulas aclarando su renuncia.. Atento a ello la demanadada nunca supo de esta renuncia y segun ella cuado llamaba a su letrada esta le decia qe se quedara tranquila que estaba todo bien.
En agosto de 2015 la demandada va al estudio de la letrada, le paga algo por los exptes que lleva (sucesion y canon) esta recibe el dinero y supuestamente nada le informa. La demandada tiene un recibo del pago.
Despues de varias actualizaciones de deuda por el canon locativo, la actora pide la venta del inmueble y en noviembre de 2015 dicta sentencia de venta atento a que no hubo oposicion...obviamente notifican a la letrada que habia renunciado al expediente.
La demanda se entera porque concurre a rentas a realizar un plan de pago y ahi le informan que tiene sentencia en el juio.
Bueno este es el breve resumen. A mi criterio y apuntando solamente en principio a ver como resuelvo el tema del juicio creo que seria valido solicitar la nulidad de todo lo actuado desde que la letrada renuncia al expte, ya que nadie la notifico de dicha renuncia, ni el juez ordeno que se la notificara en el domicilio real a fin de que en plazo...x...presentara nuevo letrado y constituyera nuevo domicilio ...bajo apercib de notificarla en los estrados...
Su señoria, tiene el deber de custodiar el debido proceso...(art 18 CN...etc) y aqui no quedo garantizada la defensa en juicio.Si bien entiendo que hay sentencia realmente nunca la demandada tuvo defensa alguna y aun existiendo renuncia de letrada nadie la notifico a ella y se continuo notificando en e domicilio anterior constituido.
Entiendo que es el ultimo domicilio constituido en autos el que es valido, pero en lo particular..nadie tomo el recaudo de hacer saber a la demandada que estaba sin patrocinio?
Por favor necesito urgente ayuda, ya que creo en cualquier momento iniciaran el desalojo.
Gracias por sus aportes!
Les comento mi caso. LLega una señora con un juicio iniciado en febrero de 2012, con sentencia de Noviembre de 2015 de cobro canon locativo. La letrada anterior recibia los traslados y la sentencia del canon y nunca contestaba nada.Luego de recibir varias cedulas de traslado de liquidaciones de ampliaciones acompaño una cedula que le llego a su domicilio al expediente en septiembre de 2013 manifestando que la devolvia ya que hacia mas de un año no tenia contacto con el cliente por lo cual no podia continuar con su representacion.
El juez saca un proveido diciendo: Agreguese. A sus antecedentes.
Nunca ordeno el juez que notifique a la demandada la renuncia a fin de que presente nuevo letrado bajo apercibimiento de que el resto de las notificaciones sean en los estrados.
Es mas, el juicio continuo y cada traslado que ordenaba VS se enviaba la cedula a la Dra. que oportunamente habia renunciado. Esta letrada nunca devolvia las cedulas aclarando su renuncia.. Atento a ello la demanadada nunca supo de esta renuncia y segun ella cuado llamaba a su letrada esta le decia qe se quedara tranquila que estaba todo bien.
En agosto de 2015 la demandada va al estudio de la letrada, le paga algo por los exptes que lleva (sucesion y canon) esta recibe el dinero y supuestamente nada le informa. La demandada tiene un recibo del pago.
Despues de varias actualizaciones de deuda por el canon locativo, la actora pide la venta del inmueble y en noviembre de 2015 dicta sentencia de venta atento a que no hubo oposicion...obviamente notifican a la letrada que habia renunciado al expediente.
La demanda se entera porque concurre a rentas a realizar un plan de pago y ahi le informan que tiene sentencia en el juio.
Bueno este es el breve resumen. A mi criterio y apuntando solamente en principio a ver como resuelvo el tema del juicio creo que seria valido solicitar la nulidad de todo lo actuado desde que la letrada renuncia al expte, ya que nadie la notifico de dicha renuncia, ni el juez ordeno que se la notificara en el domicilio real a fin de que en plazo...x...presentara nuevo letrado y constituyera nuevo domicilio ...bajo apercib de notificarla en los estrados...
Su señoria, tiene el deber de custodiar el debido proceso...(art 18 CN...etc) y aqui no quedo garantizada la defensa en juicio.Si bien entiendo que hay sentencia realmente nunca la demandada tuvo defensa alguna y aun existiendo renuncia de letrada nadie la notifico a ella y se continuo notificando en e domicilio anterior constituido.
Entiendo que es el ultimo domicilio constituido en autos el que es valido, pero en lo particular..nadie tomo el recaudo de hacer saber a la demandada que estaba sin patrocinio?
Por favor necesito urgente ayuda, ya que creo en cualquier momento iniciaran el desalojo.
Gracias por sus aportes!
