Hola foristas, he sacado la conclusión de que si el accidente de tránsito ocurrió ANTES del 1/8/2015 (fecha de entrada en vigencia del Código Civil y Comercial) al iniciar la demanda ahora, tengo que invocar el Código de Velez. Si alguien opina diferente le ruego lo comente, ya que he leído varias cosas bastante retorcidas.... y la aplicación de la ley es importante tenerla clara más allá de que el Juez sea, en definitiva, quién deba aplicar el derecho que corresponde. Salute!
saludos colegas
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