Hola colegas,
Debo continuar un divorcio que tiene sentencia del año 2015 (octubre) la cual no se notificó y por ende no se inscribió en el registro. Las partes comenzaron con patrocinio de un solo abogado en una presentación conjunta. Pero ahora la Sra fue a verme para continuar el trámite. En este caso:
1) Presentaré escrito constituyendo nuevo domicilio procesal. Seguramente me ordenarán notificar el nvo domicilio a la contraria... Entonces:
A) Notifico a la otra parte (del nuevo domicilio procesal y de la sentencia) en el domicilio procesal constituido (el del abogado que antes patrocinaba a ambos) o en su domicilio real?
B) Notifico también a mi cliente por cédula de la sentencia?
Gracias por sus respuestas.
Debo continuar un divorcio que tiene sentencia del año 2015 (octubre) la cual no se notificó y por ende no se inscribió en el registro. Las partes comenzaron con patrocinio de un solo abogado en una presentación conjunta. Pero ahora la Sra fue a verme para continuar el trámite. En este caso:
1) Presentaré escrito constituyendo nuevo domicilio procesal. Seguramente me ordenarán notificar el nvo domicilio a la contraria... Entonces:
A) Notifico a la otra parte (del nuevo domicilio procesal y de la sentencia) en el domicilio procesal constituido (el del abogado que antes patrocinaba a ambos) o en su domicilio real?
B) Notifico también a mi cliente por cédula de la sentencia?
Gracias por sus respuestas.