un trabajador de la construccion le llego telegrama de cese. El se desempeñaba cumpliendo una jornada habitual y permanente de 8 a 17 de lunes a vienres, y los sabados de 7 a 13. Segun la ley 22250, estaria haciendo horas extras por encima del tope semanal de 44 hs, ademas de varios rubros adeudados. Se mando telegrama intimando el pago de los mismos y de las horas extra, y el empleador me contesta que el trabajador " no cumplia una jornada si no que se desempeñaba por hora", lo cual en parte es cierto, pero en realidad es decir lo mismo... el realmente laboraba 9 horas de lunas a viernes y 6 horas los sabados, todas las semanas cumpliendo una jornada constante. O sea, no se lo contrataba por hora por mas q la actividadd se pague por hora.
Me genera alguna dudad esto, ya q estoy por meter demanda... como lo ven?
Me genera alguna dudad esto, ya q estoy por meter demanda... como lo ven?