Buenas colegas quería hacer una consulta más teórica que otra cosa. Supongan que un empleado comienza a prestar servicios para un empleador, pero ingresando bajo la modalidad de empleo eventual. Luego de un tiempo es contratado a prestar servicios para este empleador directamente, dejando de lado la modalidad de empleo eventual y pasando a trabajar por tiempo indeterminado. La pregunta es: ¿Debe computarse la antigüedad total, es decir como si hubiese operado una transferencia de contrato de trabajo?
Les agradecería me puedan iluminar en este tema, ya que he buscado y no encontré nada.
Muchas gracias.
Les agradecería me puedan iluminar en este tema, ya que he buscado y no encontré nada.
Muchas gracias.