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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1152049  por ler356
 
El artículo 6º del decreto 894/16 da la posibilidad, al beneficiario con juicio iniciado, de designar otro abogado para aceptar el acuerdo si cumple con la normativa aplicable en la materia. Será suficiente notificar fehacientemente al profesional que interviene en el juicio que el beneficiario ha designado otro profesional para que intervenga en la aceptación??????
 #1152053  por lucky
 
Como la homologación va a ser en el mismo expediente de reajuste, si va a intervenir otro abogado lo que corresponde hacer es lo mismo que se haría cuando se cambia de abogado en medio de un juicio: REVOCAR el PODER anterior mediante carta documento. Y una vez notificado el anterior abogado, se puede presentar el nuevo.