Estimados amigos:
Les comento que soy novel abogado. Me inicie hace poco en esta hermosa profesion y me dedico generalmente a realizar reclamos en sede civil por daños y perjucios; como asi tambien laborales (SIEMPRE EN CABA).
Me encuentro en una situacion, y necesito un consejo: Tengo una menor que sufrio mala praxis al momento de nacer; quiere reclamar eventualmente los daños y perjuicios. Tengo entendido que, antes de solicitar mediacion prejudicial, deberia pedir el secuestro de HC correspondiente a la menor, en CABA. Mi duda principal es: una vez realizada la solicitud de secuestro, y concedida, como prosigo? Debo confeccionar yo el mandamiento? Lo hace el juzgado? Para el supuesto que corra por mi cuenta su confeccion y diligenciamiento. Cuales serian los pasos y donde deberia presentarme? Espero algien me aclare esto. Muchas gracias desde ya.
Les comento que soy novel abogado. Me inicie hace poco en esta hermosa profesion y me dedico generalmente a realizar reclamos en sede civil por daños y perjucios; como asi tambien laborales (SIEMPRE EN CABA).
Me encuentro en una situacion, y necesito un consejo: Tengo una menor que sufrio mala praxis al momento de nacer; quiere reclamar eventualmente los daños y perjuicios. Tengo entendido que, antes de solicitar mediacion prejudicial, deberia pedir el secuestro de HC correspondiente a la menor, en CABA. Mi duda principal es: una vez realizada la solicitud de secuestro, y concedida, como prosigo? Debo confeccionar yo el mandamiento? Lo hace el juzgado? Para el supuesto que corra por mi cuenta su confeccion y diligenciamiento. Cuales serian los pasos y donde deberia presentarme? Espero algien me aclare esto. Muchas gracias desde ya.