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  • Notificacion al patrocinante del juicio RH

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1160803  por domo
 
Estimados: Respecto a los casos donde hay propuesta de retroactivo en virtud de existir proceso judicial donde al juicio lo llevo adelante otro abogado, alguno notificó a ese letrado informando que el cliente decidió realizar la aceptación de RH con ustedes? Es decir, consideran que el tratamiento debería ser igual que cuando en una causa judicial revocan el patrocinio y previamente deben notificar al letrado interviniente el cambio ?
 #1160809  por lucky
 
Si, hay que revocarle el Poder por carta documento. Y obviamente le corresponde los honorarios por el trabajo que hizo.
El art 6 del decreto 894/16 lo dice: "Para los casos que tengan juicio iniciado, con o sin sentencia firme, la suscripción del Acuerdo Transaccional corresponderá al letrado que interviene en el mismo, o al nuevo que designe el beneficiario. En este último caso, se deberá cumplir con la normativa aplicable en la materia. El profesional que interviniera sin cumplir con la misma, será pasible de las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder por dicho incumplimiento".
 #1160813  por domo
 
Muchas gracias. El tema del pago de honorarios al letrado interviniente en el proceso judicial lo deje establecido en un convenio firmado por el cliente también para salvaguardar la responsabilidad profesional y el deber de información que nos compete porque esta todo tan improvisado que es preferible tener documentación que nos ampare de más y no de menos.
Saludos cordiales