Hola Foristas, una sucesión de Capital Federal fue iniciada por un heredero y su abogado y cita a los restantes herederos, yo me presento patrocinando a los restantes 2 herederos, el otro letrado realizó todas las tareas hasta llegar a la declaratoria de herederos, mi clientes tienen que abonar también la parte de honorarios al otro abogado o cada uno solo paga a los letrados propuestos? lo pregunto por lo que dice el art. 24 de la Ley 21.839 en la parte pertinente dice: "Las actuaciones profesionales que se realizaren dentro del proceso sucesorio en el solo interés particular de alguna de las partes, se regularán separadamente y quedarán a cargo exclusivo de dicha parte." Si alguien lo tiene claro por favor si me puede explicar como se procede. Muchas Gracias
Josefa Otero
Una buena chica conoce sus limites, una mujer inteligente sabe que no tiene ninguno
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