Hola colegas, les cuento que estoy ante mi primer reajuste. El cliente no esta dentro de la reparación histórica por lo que tengo entendido que primero debo agotar la vía administrativa y luego iniciar un extenso juicio.
Lo que quería saber es si hay, y en tal caso cual sería, la forma si hay diferencia en la jubilación, osea como hacer la liquidación para saber cuanto es lo que le deben si es que la jubilación estaba mal liquidada.
También quería preguntarles si saben si en capital tramita mas rápido el juicio de reajuste que en otros lugares, cuanto tarda aprox. y cual es la diferencia de tiempo con otros lugares.
Por ultimo quería saber si en caso de que la sentencia diga que no corresponde reajustar, cuanto seria la regulación de honorarios por los servicios prestados (si esta es mucha o poca).
Saludos, y desde ya muchas gracias.
Lo que quería saber es si hay, y en tal caso cual sería, la forma si hay diferencia en la jubilación, osea como hacer la liquidación para saber cuanto es lo que le deben si es que la jubilación estaba mal liquidada.
También quería preguntarles si saben si en capital tramita mas rápido el juicio de reajuste que en otros lugares, cuanto tarda aprox. y cual es la diferencia de tiempo con otros lugares.
Por ultimo quería saber si en caso de que la sentencia diga que no corresponde reajustar, cuanto seria la regulación de honorarios por los servicios prestados (si esta es mucha o poca).
Saludos, y desde ya muchas gracias.