Buenos días, estoy por iniciar una demanda de alimentos de un hijo mayor de edad que se capacita. El hijo vive en una Ciudad diferente a la del padre, y quiere iniciar la demanda en el domicilio de éste último. El CCyC establece en el artículo 716 la competencia del Juez donde el menor niño, niña o adolescente tiene su centro de vida. Pero no dice nada con respecto al hijo mayor de 21 años. Luego el artículo 719 le da la posibilidad al actor de elegir el lugar donde iniciar la demanda de alimentos.
Mi duda es la siguiente, ¿puede el hijo mayor de 21 años iniciar la demanda ante el Juez del domicilio del padre?
Desde ya muchas gracias!
Mi duda es la siguiente, ¿puede el hijo mayor de 21 años iniciar la demanda ante el Juez del domicilio del padre?
Desde ya muchas gracias!