Hola colegas, de un juzgado me intiman a lo siguiente: previo a todo trámite, intímasela para que, dentro del plazo de tres días,practique liquidación detallada del rubro “Diferencia de Salarios”, bajo apercibimiento de tener por no presentada la demanda sin más trámite ni recurso(conf. arts. 65 y 67 de la Ley 18.345). NOTIFIQUESE
Es imposible detallar el rubro ya que mi cliente no tiene todos los recibos de sueldos, siempre pongo lo mismo nunca la detalle, es un aproximado, el número exacto surgirá de la pericia contable. A alguien le paso esto alguna vez?
Muchas gracias
Saludos
Es imposible detallar el rubro ya que mi cliente no tiene todos los recibos de sueldos, siempre pongo lo mismo nunca la detalle, es un aproximado, el número exacto surgirá de la pericia contable. A alguien le paso esto alguna vez?
Muchas gracias
Saludos