Hola a todos los colegas! Se me presenta un caso bastante particular y quería comentarles cuáles son mis dudas al respecto.
Se trata de la jubilación de una persona que tiene todos aportes en régimenes especiales y que deben ser prorrateados, siendo así:
Persona nacida en 20/11/1957.
A) Como chofer autonomo (Reg. 60/30): tiene hasta el día de hoy un total de 23 años y 9 meses de aportes (desde 07/1993 a 03/2017)
B) Como chofer de carga en relación de dependencia (Reg. 55/25): tiene un total de 3 años y 9 meses de aportes (desde 06/1987 a 02/1991)
C) Como chofer de pasajeros en relación de dependencia (Reg. 55/30): tiene un total de 9 meses de aportes, desde 04/1994 a 12/1994, que se superponen por el mismo tramo a los de chofer autónomo.
Yo hice el cálculo con ese programa de prorrateo llamado "negrito" y me arroja como resultado que necesita para jubilarse un total de 29 años y 3 meses de aportes mientras la edad requeridad son 59 años, 1 mes y 15 días. Hasta acá todo bien pero aquí vienen mis dudas:
1) Sumando los aportes de los puntos A y B me da que tiene 27 años y 6 meses de aportes pero ¿pueden sumarse los 9 meses del punto C que son superpuestos para llegar a 28 años y 3 meses? Entiendo que, a pesar de ser aportes en otro regimen, al ser superpuestos no computabilizan como 9 meses más.
2) Si se computabilizan solamente los 27 años y 6 meses, ¿puedo comprar 1 año y 9 meses con moratoria 24476 como changador para llegar al total de aportes requeridos de 29 años y 3 meses?
3) Todos los aportes de chofer en relacion de dependencia tienen su respectiva certificación de servicios. En cuanto a los aportes de chofer autonomo la persona tiene la licencia especial de condcutor, polizas de seguro, titulo de propiedad del camión y demas, que son las pruebas que siempre deben presentarse para acreditar que es camionero autonomo. Pero la duda está en cuanto a los aportes ingresados en tal calidad porque desde 07/1993 a 02/2007 (13 años y 8 meses) pagó la Categoria "A" simple digamos y desde 03/2007 a 03/2017 (10 años y 1 mes) está pagando la Categoría "B prima".
Por ende la duda que tengo es: ¿ si pruebo que desde 07/1993 a la actualidad su actividad fue la de camionero autonomo, van a considerar todo el tiempo en el regimen de 60/30, sin que importe a qúe clase de categoría aportó?
Espero que alguien con más experiencia pueda ayudarme porque estoy bastante mareado con este tema ya que es la primera vez que me toca un caso así.
Se trata de la jubilación de una persona que tiene todos aportes en régimenes especiales y que deben ser prorrateados, siendo así:
Persona nacida en 20/11/1957.
A) Como chofer autonomo (Reg. 60/30): tiene hasta el día de hoy un total de 23 años y 9 meses de aportes (desde 07/1993 a 03/2017)
B) Como chofer de carga en relación de dependencia (Reg. 55/25): tiene un total de 3 años y 9 meses de aportes (desde 06/1987 a 02/1991)
C) Como chofer de pasajeros en relación de dependencia (Reg. 55/30): tiene un total de 9 meses de aportes, desde 04/1994 a 12/1994, que se superponen por el mismo tramo a los de chofer autónomo.
Yo hice el cálculo con ese programa de prorrateo llamado "negrito" y me arroja como resultado que necesita para jubilarse un total de 29 años y 3 meses de aportes mientras la edad requeridad son 59 años, 1 mes y 15 días. Hasta acá todo bien pero aquí vienen mis dudas:
1) Sumando los aportes de los puntos A y B me da que tiene 27 años y 6 meses de aportes pero ¿pueden sumarse los 9 meses del punto C que son superpuestos para llegar a 28 años y 3 meses? Entiendo que, a pesar de ser aportes en otro regimen, al ser superpuestos no computabilizan como 9 meses más.
2) Si se computabilizan solamente los 27 años y 6 meses, ¿puedo comprar 1 año y 9 meses con moratoria 24476 como changador para llegar al total de aportes requeridos de 29 años y 3 meses?
3) Todos los aportes de chofer en relacion de dependencia tienen su respectiva certificación de servicios. En cuanto a los aportes de chofer autonomo la persona tiene la licencia especial de condcutor, polizas de seguro, titulo de propiedad del camión y demas, que son las pruebas que siempre deben presentarse para acreditar que es camionero autonomo. Pero la duda está en cuanto a los aportes ingresados en tal calidad porque desde 07/1993 a 02/2007 (13 años y 8 meses) pagó la Categoria "A" simple digamos y desde 03/2007 a 03/2017 (10 años y 1 mes) está pagando la Categoría "B prima".
Por ende la duda que tengo es: ¿ si pruebo que desde 07/1993 a la actualidad su actividad fue la de camionero autonomo, van a considerar todo el tiempo en el regimen de 60/30, sin que importe a qúe clase de categoría aportó?
Espero que alguien con más experiencia pueda ayudarme porque estoy bastante mareado con este tema ya que es la primera vez que me toca un caso así.