buenas noches colegas, en un ejecutivo pedi embargo de cuenta bancaria y me salió este auto: "DECRETASE EMBARGO PREVENTIVO.... a cuyo fin LIBRESE OFICIO de estilo a la entidad bancaria indicada, haciéndose saber que las sumas embargadas,deberán ser depositadas en el banco de la nación Argentina- Sucursal centro- a la orden de éste Juzgado y Secretaria y como pertenecientes a estos actuados. Oportunamente, NOTIFÍQUESE al accionado acerca de la traba dela medida dispuesta. (arts. 36, 135, 198 C.P.C.C.N.)."
Cuando tengo que notificar a la demandada? cuando sería "oportunamente" (disculpen, pero es mi primer embargo de cuenta) como se que el banco ya trabó el embargo? tiene que informar al juzgado? ellos mismos abren la cuenta? o ni bien dejo el oficio lo adjunto y solicito se notifique al accionado?
Gracias!
Cuando tengo que notificar a la demandada? cuando sería "oportunamente" (disculpen, pero es mi primer embargo de cuenta) como se que el banco ya trabó el embargo? tiene que informar al juzgado? ellos mismos abren la cuenta? o ni bien dejo el oficio lo adjunto y solicito se notifique al accionado?
Gracias!