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  • Alimentos. Embarazo, Art 665 Cód Civ y Com. Prueba.

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1176239  por usuario1025
 
Caso: matrimonio con 1 mes de casados. La mujer se encuentra embarazada. Separación de hecho.


El art. 665 del CCyC establece que la mujer embarazada tiene derecho a reclamar alimentos al progenitor presunto con la prueba sumaria de la filiación allegada.

1. Para iniciar un alimentos en provincia, alcanza con acompañar estudio médico que certifique embarazo?

2. Que prueba admiten para iniciar alimentos de la mujer embarazada?

Saludos y muchas gracias!
 #1176284  por Lexiuris
 
usuario1025 escribió: Jue, 01 Jun 2017, 12:15 Caso: matrimonio con 1 mes de casados. La mujer se encuentra embarazada. Separación de hecho.


El art. 665 del CCyC establece que la mujer embarazada tiene derecho a reclamar alimentos al progenitor presunto con la prueba sumaria de la filiación allegada.

1. Para iniciar un alimentos en provincia, alcanza con acompañar estudio médico que certifique embarazo?

2. Que prueba admiten para iniciar alimentos de la mujer embarazada?

Saludos y muchas gracias!
Hola estimo que con el estudio que acredite el embarazo y un certificado medico ya seria suficiente, salvo que se haga mas estudio complementarios tambien los podes adjuntar.