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  • PRESCRIPCION POR DESTRUCCION TOTAL

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 #1177166  por alejandra01
 
Alguien sabe si la prescripción por destrucción total de un vehículo se rige por la ley de seguros o la de los consumidores?..pregunto luego de la sanción del nuevo código civil y comercial.
gracias.
 #1177254  por alejandra01
 
gracias Legales. Te comento que por una modificación en la ley de defensa del consumidor, ahora el plazo es de un año. Antes era como decís vos..pensé que podía tener suerte pero no interrumpí la prescripción.
(“Consumidores Financieros Asociación Civil p/su defensa c. La Meridional Compañía Argentina de Seguros S. A. s/ ordinario”, del 18/10/2016, y “GDF Cargas Congeladas S. R. L. c/ QBE Seguros La Buenos Aires Sociedad Anónima y otros s/ ordinario”, del 29/12/2016), la Sala D de la Cámara Comercial confirmó este criterio, declarando aplicable el plazo de prescripción anual a acciones derivadas del contrato de seguro..
lo encontré en google...y bueno, son fallos de cámara recientes, posteriores al nuevo Código Civil y Comercial.
Lástima que no interrumpí prescripción mientras salía la declaratoria...
 #1177258  por legalescom
 
Tenés razón, la Jurisprudencia, tras la modificación del art. 50, de la ley del consumidor, se está pronunciando por el plazo de un (1) año, al punto de decirse:

"Especialmente clarificador resulta el voto del Dr. Garibotto, quien no dudó en hacer explícito su cambio de criterio, entendiendo que la modificación introducida por la Ley 26.994 al artículo 50 deja claro que “sólo resulta aplicable dicho plazo a las sanciones administrativas, y no a las acciones judiciales”.