legalescom escribió: ↑Mar, 31 Oct 2017, 07:59
Me parece que, a tu clienta, se le fue la mano. Tratá de arreglar el tema con la locadora, ya que el Cód. Civ. y Com. dispone:
Art. 1207.- Mantener la cosa en buen estado. Reparaciones. Si la cosa es mueble, el locatario tiene a su cargo el gasto de su conservación y las mejoras de mero mantenimiento; y sólo éstas si es inmueble.
Si es urgente realizar reparaciones necesarias puede efectuarlas a costa del locador dándole aviso previo.
De lo que se desprende que, la pintura sería una mejora de mero mantenimiento y, por ende, a cargo del locatario.
Por ello, tratá de arreglar de cualquier forma.
Hola no era de mero mantenimiento, el consorcio se hizo cargo de la mitad de las paredes puesto que traspaso humedad y se hizo un globo, ella habita con su hijo menor de 4 años y la locadora queria "dejar asi como estaba" mitad medio departamento pintado mitad no pintado y el 1201 establece que el locador debe conservar la cosa locada en estado de servir al uso y goce convenido, es decir todo pintado, no por la mitad, y efectuar a su cargo la reparacion que exija el deterioro originado en su calidad o defecto.
el 1202 dice que el locador debe pagar las mejoras necesarias hechas por el locatario a la cosa locada, aunque no lo haya convenido
y el 1207 en la ultima parte dice que si es urgente realizar reparaciones necesarias puede efectuarlas a costa del locador dandole previo aviso, lo cual no aclara por que tipo de medio, en este caso mi clienta la aviso, y la dueña dijo que deje asi es decir medio departamento pintado, la otra mitad no, no siendo este el estado en el que lo recibio, es decir, todo pintado, no a la mitad, siendo una mejora necesaria, no se puede habitar con un menor respirando humedad por un capricho de la dueña.
Vamos a ver que resulta, ademas queria que deje asi como esta para despues no devolverle el deposito obviamente.
No fue mejora util ni de mero lujo, sino necesaria y puede reclamar al locador segun la regla del 1211.
Va a estar reñido creo yo.