La primera Intimación fue " ANTE NEGATIVA DE TRABAJO INTIMO PLAZO 48 hs. ACLARE SITIUACIÓN LABORAL BAJO APERCIBIMIENTO DE CONSIDERARME DESPEDIDO SU CULPA. IGUAL PLAZO Y APERCIBIMINETO ABONE SUELDOS DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DE 2007, ENERO 2008 Y AGUINALDO NUNCA PECIBIDO. TODO DE ACUERDO AL HORARIO DE TRABAJO DE LUNES A JUEVES DE 9 A 18 hs. TOTAL SUELDOS $1.800.- Y MI FECHA DE INGRESO 15 DE FEBREO DE 2004.-
Ante esto Contestamos: Rechazo sus Telegramas Ley 23.789 CD Nº 72018324 y Nº 72018325, por improcedentes, falsos, inexactos y maliciosos. Niego expresamente el vínculo laboral invocado. Niego que se le adeuden sueldos y SAC. Niego los horarios, el sueldo y la fecha de ingreso mencionados. Por lo tanto exhorto desista de su intento de prefabricar un conflicto, haciendo reserva por los daños y perjuicios que su accionar pudiere ocasionar. Queda Ud. debidamente notificado
OBSERAVCION mandó 2 CD una para el esposa y la otra para la esposa ( LA PERSONA ES UN OCUPA DE LA CASA QUINTA DE AL LADO Y OCACIONALMENTE CORTÓ EL PASTO EN LA DE MI CLIENTE)