Hola a todos, gané un daños en Nación; fue un problema cobrarle a la vencida, hubo que oficiar al Banco Central con Comunicación "D" para que mi cliente cobre. Al final se cobró de una cuenta de esa empresa. Como me regularon honorarios bajos, apelé y la Cámara los aumentó, con fallo el 20/11/17. Como no pagaron, presenté Ejecución de honorarios y del Juzgado contestan ahora que como quedan fondos en la cuenta bancaria embargada, se me libre cheque de ahí. Mi pregunta es: ¿practico liquidación ahora, antes de cobrar, para cobrar honorarios e intereses todo junto o cobro la regulación y después practico liquidación por los intereses solos?
Pregunto porque en otro juicio, pero en CAYT de la CABA, también con ejecución de honorarios, me indicaron en el Juzgado que envíe cédula por los honorarios y una vez cobrados, practique liquidación por los intereses, es decir, 2 cobros separados. Pero no sé si en Nación es igual. A quienes puedan orientarme, les agradezco de antemano.
Pregunto porque en otro juicio, pero en CAYT de la CABA, también con ejecución de honorarios, me indicaron en el Juzgado que envíe cédula por los honorarios y una vez cobrados, practique liquidación por los intereses, es decir, 2 cobros separados. Pero no sé si en Nación es igual. A quienes puedan orientarme, les agradezco de antemano.

