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  • Usurpación derecho penal vs civil

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 #1195103  por gabrielesteban
 
El Sr. Perez ocupa terreno desde hace 2 años y edifica (posesión viciosa). Este terreno es lindero al de su hermano que lo ocupa desde hace mas de 25 años, donde edifico su hogar, y que esta pronto a iniciar el juicio de usucapión.
En la semana aparece móvil policial desde donde sacan fotos a la vivienda del Sr. Pérez. El policía dice que las fotos fueron pedidas por Fiscalía donde tramita causa por usurpación contra Pérez. Pero Pérez no recibió jamás notificación alguna. Hace unos meses recibió las amenazas de un vecino del lugar quien se dice propietario del terreno (no mostro escritura ni documento alguno, solo se jacto de sus contactos políticos) e incluso intento el susodicho intento sacar el alambrado perimetral del lote.

Entiendo que el Sr. Perez estaría a tiro del art. 238 Bis del CPPN. ¿Qué defensa se podría implementar desde el derecho penal?

Desde el civil entiendo que se podría implementar acciones posesorias (art. 2242 acción de mantener ante el acto de turbación de la posesión)

¿Cómo se solapan y conviven el derecho penal y el civil y las acciones que surgen de estos ordenamientos?

Gracias
 #1195155  por vasco1986
 
Hola, desde mi humilde opinion y poca experiencia: en materia civil entiendo que podras iniciar las acciones posesorias, siempre y cuando el vecino lo siga molestando. Y en materia penal entiendo que aun el Sr. Perez no esta imputado de ningun delito, sino estaría noticado. Seguramente deben estar investigando a partir de una denuncia la posible usurpación, pero es casi imposible de probar. Asique en materia penal salvo que lo notifiquen de algo te diría que no te preocupes mucho. Y en civil habra que estar atentos a ver si lo demandan por desalojo o reivindicacion.