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  • Usucapión en Córdoba - Medidas Preeliminares

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 #1197865  por sannicolas
 
Hola ... pregunta: Estoy retomando los juicios de usucapión con el nuevo código procesal. Las diferencias en el art. 781 serían que no es necesario oficiar a Catastro? O como sería?: RENTAS, COMUNA o MUNICIPALIDAD, Empresa de Agua, Empresa de Luz, Juzgado Electoral, Registro de Poseedores, Unidad Ejecutora, Registro General de la Provincia ... y nada mas? O a la Comuna y/o municipalidad tampoco se oficia?. :shock: