Hola a todos!! los molesto en feria, porque en octubre firme un acuerdo en un expediente laboral en provincia de buenos aires por 3 cuotas y la demandada solo pago dos.. en el acuerdo se fijo lo siguiente: " ... Las partes imputan el monto conciliatorio a CAPITAL y convienen que la mora en el cumplimiento de cualquiera de las cuotas estipuladas importará la caducidad de los plazos pendientes. Asimismo la demandada abonará en concepto de cláusula penal el 0,30% del capital adeudado por cada día de retardo en la acreditación de los respectivos depósitos, sin perjuicio de la aplicación de la tasa pasiva digital que abone el Banco de la Provincia de Buenos Aires en los depósitos a plazo fijo a 30 días.
Esto significa, que puedo hacer caer el acuerdo completo? o que solo puedo reclamar la cuota pendiente de pago?... y como lo encararian uds.
Les agradezco la ayuda...
Saludos y feliz feria...
Esto significa, que puedo hacer caer el acuerdo completo? o que solo puedo reclamar la cuota pendiente de pago?... y como lo encararian uds.
Les agradezco la ayuda...
Saludos y feliz feria...