Buenos días colegas, por favor, quisiera pedirles su colaboración con la siguiente duda respecto a la modificaciones en torno a la Le de alquileres. Tengo que confeccionar un contrato de arrendamiento de una fracción rural, que también posee vivienda. Mi consulta es:
1) Las modificaciones rigen también en ese tipo de locaciones y las comerciales, o es solo para locaciones con fines habitacionales? En este caso el destino principal del inmueble es el cultivo, pero el locatario vivirá en una casa que está dentro del predio.
2) Les parece que puedo fijar precios anuales escalonados, es decir un precio para el primer año, otro para el segundo y uno mayor para el tercero teniendo en cuenta la inflación?
3) O por el contrario en caso de aplicarse la Ley 27.551 debo fijar un único precio en pesos para los 3 años de vigencia y este actualizarse anualmente de acuerdo al índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE)?
Desde ya muchas gracias a quien pueda brindar su aporte!!
1) Las modificaciones rigen también en ese tipo de locaciones y las comerciales, o es solo para locaciones con fines habitacionales? En este caso el destino principal del inmueble es el cultivo, pero el locatario vivirá en una casa que está dentro del predio.
2) Les parece que puedo fijar precios anuales escalonados, es decir un precio para el primer año, otro para el segundo y uno mayor para el tercero teniendo en cuenta la inflación?
3) O por el contrario en caso de aplicarse la Ley 27.551 debo fijar un único precio en pesos para los 3 años de vigencia y este actualizarse anualmente de acuerdo al índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE)?
Desde ya muchas gracias a quien pueda brindar su aporte!!