Hola chicos!! Les cuento, teno un caso de un despido indiecto en capital, estoy por pedir la conciliación, y mi cliente es una persona mayor, que me ha solicitado no asistir a la audiencia paa las negociaciones. Quisiera saber si para poder representarlo como apoderada, debo hacer el poder mediante la camara, o con la carta poder del SECLO es suficiente?