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  • SUCESION- INSCRIBIR BIEN

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 #1472774  por Roagon
 
Buenas!

Me contactan por un caso con las siguientes caracteristicas:
Se muere JUAN una persona en 1990 en BS AS. Su hijo CARLOS se muere en 1999 en CABA. Los hijos de Carlos inician la sucesión de su padre sin iniciar la de su abuela JUAN e inscriben los bienes.

Años después se hace la sucesión de Juan y los hijos de Carlos se presentan. Se dicta declaratoria a nombre de los hijos de Carlos, pero el juzgado de BS AS dice que la inscripción de los bienes debe hacerse desde el sucesorio de Carlos en Tucuman.

Está bien esto? Pido testimonio y lo llevo a la sucesión de Carlos en Caba denunciando nuevos bienes y pido la inscripción?

Gracias
 #1472790  por legalescom
 
Decís: "...pero el juzgado de BS AS dice que la inscripción de los bienes debe hacerse desde el sucesorio de Carlos en Tucuman...". Por lo que tengo entendido, la sucesión de Carlos se hizo en CABA. La que se hiciera en Tucumán, sería la de Juan. En tal caso, pedí testimonio de la misma, para adjuntarlo en Capital, pero, el Juzgado de Tucumán, no te va a librar ningún testimonio ni, ordenar la inscripción de declaratoria alguna, hasta que no estén satisfechos los honorarios de los letrados, que iintervinieran en ello, o el pago, de algún impuesto pendiente. ¿Capisci?