Buenos días. Con la nueva moratoria puede jubilarse una persona que reside en el exterior, comprándole años en que residió en Argentina?
Hay dos cuestiones. Por un lado la ley y la reglamentación que establecen como requisito "haber residido en el país durante el/los períodos que se pretende adquirir UPDP".
O sea, que nada dice sobre una supuesta imposibilidad del que vive en el exterior de acceder a la moratoria.
La otra cuestión es el socioeconómico de los que viven en el exterior. En el año 2020 hubo una nota interna sobre la imposibilidad práctica de hacer esta evaluación por falta de información de la Afip (Nota 26997917/20 - ANSeS Evaluación socio-económica de residentes en el exterior Leyes 24476 y 26970).
Pero esta moratoria agregó un elemento: la posibilidad de pagar al contado cuando no se supera la evaluación socioeconómica.
Habría que ver, cuestión que no está reglamentada, si se puede equiparar la imposibilidad de hacer el socioeconómico con no aprobar el mismo, y de esa manera pagar al contado.