ESTO BAJO LUCKY EN EL 2023
la opinión sobre la "supuesta" compatibilidad con la 24476 está enfocada solamente al Capítulo III sobre la gente que aun no tiene la edad.
Antes de ese mail que pegué antes, se envío otro mail institucional en donde utiliza el potencial para referirse a la compatibilidad, que dice lo siguiente:
¿Es compatible la moratoria de Ley 27.705 con la moratoria de la Ley 24.476?
Parecería que sí, porque con relación al Capítulo III de la ley 27.705, no se ha establecido incompatibilidades con ninguna otra moratoria.
La incompatibilidad parece que solo aplica al Capítulo II, ya que en el Capítulo III no se menciona nada de eso.
Saludos,
Jáuregui