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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1483670  por AndreaL
 
Estimados colegas quisiera pedir su opinión respecto del % del haber del activo que en la ejecución de sentencia debería considerar. Se trata del JFSS 1, tuve q acreditar las remuneraciones de mi cliente por exigencia del juzgado a fin de aplicar eb el calculo villanustre. Es un beneficio obtenido bajo la 24241, en la que no hay un % determinado, si bien anses en todos los beneficios q superan el tope del haber máximo aplican el 70%.
En algunos casos los juzgados manifiestan q es el 82%. Pero podría presentar el calculo con el 100% del haber del activo? Si alguien tuvo experiencia al respecto espero pueda orientarme. Desde ya muchas gracias.
 #1483679  por lucky
 
La carga de la prueba en Villanustre pesa sobre Anses. Como generalmente no hacen nada, luego de la intimación a activarla, se les termina cayendo y no lo aplican.
En cuanto al porcentaje, consultá en el juzgado o pedí por escrito que te aclaren cuál es el que aplican ellos.
Cada juzgado puede tener un criterio diferente.
 #1483680  por lucky
 
La otra que podés hacer es buscar en el CIJ, que te permite seleccionar el juzgado, y ver el criterio del 1.
 #1483682  por AndreaL
 
lucky escribió: Jue, 13 Nov 2025, 11:27 La otra que podés hacer es buscar en el CIJ, que te permite seleccionar el juzgado, y ver el criterio del 1.
Gracias Lucky, Anses no cumplio con el requerimiento q le ordeno el juzgado de acompañar las remuneraciones, por lo que me ordena a mi q lo haga]; ya consegui que el empleador lo haga, solo me queda saber como aplicar lo que la jueza dice como razonable proporcionalidad... porque si traigo los parametros de la 18037 en cuanto a los años de aportes y el exceso de edad al jubilarse, haciendo una analogia, le correspondería el 82%. Lo del CIJ no me aclaro nada, la verdad, muchas gracias!!!