Muy buenos dias colegas, les pido un consejo, realice ejecucion de sentencia y embargue. Ya se libro oficio de transferencia, e iba a presentar liquidacion ampliatoria, pero veo por la clave de seguridad social que anses liquidó la sentencia el 27/2/26. Aun no la subió a pjn, no esta en el expediente. La duda es si presentar o no la ampliatoria, atento que veo q las liquidaciones actuales de ANSES generalmente no son con retroactivo, o si espero al pago que sería en abril y ver que pasa. Desde ya gracias. 
Si esa es la echa del resuelto favorablemente, recien a los 2 meses va a estar efectuado el pago. En abril, estimo, que me corrija otro colega si me equivoco, vas a poder ver el recibo con el detalle.
Por otra parte que vos presentes la liquidacion no causa estado, e incluso con la contestacion del traslado (si llega antes del cobro) Anses te va a acreditar lo que va a pagar.
