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  • ¿Cambio de Jornada por horas extras adeudadas?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #154982  por juanbeta
 
A ver amigos foristas, una preguntita picante:

Disculpen... Tuve que editar esto...
Un abrazo
Miguel
Última edición por juanbeta el Mié, 28 May 2008, 03:09, editado 1 vez en total.

 #155122  por DAL
 
Editado a pedido de Juan.
Saludos!!!!
Última edición por DAL el Mié, 28 May 2008, 12:49, editado 1 vez en total.

 #155159  por juanbeta
 
[quote="DAL"]No se entiende muy bien la pregunta.

Gracias Dal por responder.

Gracias Dal....

Miguel
Última edición por juanbeta el Mié, 28 May 2008, 03:10, editado 1 vez en total.

 #155167  por DAL
 
Editado a pedido de Juan!
Última edición por DAL el Mié, 28 May 2008, 12:50, editado 1 vez en total.

 #155252  por juanbeta
 
Perdón...Tuve que editar este mensaje.
Última edición por juanbeta el Mié, 28 May 2008, 03:12, editado 1 vez en total.

 #155266  por juanbeta
 
DAL escribió:Bueno, esto es prerrogativa de la empresa. ... Más aún si no te llueven propuestas de trabajo por cualquier lado, hay que cuidar lo que se tiene y sacar lo ue se pueda, sin matar la fuente de nuestro sueldo. Por lo menos, así lo veo yo!!!!!!!!!!
Yo a veces tengo la imagen que la balanza está diseñada por default con una posición determinada que no es el centro precisamente. Y que cuando una de las partes quiere compensar el desequilibrio de la letra que favorece a la otra, tiende a producir el desequilibrio a la inversa.

Hay CC, que son un abuso. El de choferes y afines por ejemplo (Camioneros). Cada uno de los "derechos" planteados en las empresas de higiene urbana, son un fraude a la población, al interés común y a la propia empresa. La calidad de los trabajos realizados por este gremio ha caido a límites inpensados. Por ejemplo, un barrendero decide no barrer una calle porque hay tres autos estacionados y no la barre. La inspección detecta la falla y la informa, esto debe generar una multa, previa exigencia a corregir la deficiencia contractual. La empresa utiliza la multa para sancionar al barrendero, el gremio se le viene encima a la inspección y patotea al inspector. Se cierra el ciclo de acción.
En la próxima, el inspector no observa la falla para evitar que el sindicato le cruce el coche en la calle y le baje los dientes. Conclusión, el vecino vive en la calle sucia y le hecha la culpa al Gobierno municipal.

Si querés arreglar esa balanza, tenés que soldar el pivote para que no se mueva y eso significa en términos claritos "dictadura". Ahi viene la pregunta del millón: ¿El estado de derecho, las normas para la convivencia entre las personas, la ley, la democracia y sus reglas para administrarla, y el ordenamiento legislativo, tienen aplicación real? ¿No forma parte todo de un enorme fraude, para que exista una apariencia aceptable de como se debe vivir?

El sindicato (al cual no estamos afiliados, aunque pagamos una cuota como aporte voluntario y a cambio ellos nos "representan", por intervención del propio Ministerio de Trabajo, ya que su estatuto no nos permite encuadrarnos en su convenio), hizo un acuerdo con la empresa en otorgarnos un aumento de suma fija a todo el plantel de $ 300. Este aumento rige a partir del 1º de abril del 2008 y es todo lo que va a dar de aumento hasta el 31 de marzo del 2009. Esto está firmado. Dentro del conjunto de trabajadores, estamos los jefes, los técnicos, admnistrativos, operadores de sistemas e inspectores. El inspector gana $ 1.400 y en el medio hay una escala hasta llegar al jefe que gana $ 3.600. El sindicato no nos negoció un aumento porcentual para todas las categorías, con lo cual a mi que soy jefe me viene un 12 % para todo el 2008 y lo que queda del 2009. Al inspector esto le significa un 26%.

Nos queremos borrar del aporte voluntario al sindicato (a mi en particular no me sirve pagar una cuota de $ 125 por el servicio que me dan. ). La empresa nos recomienda sutilmente y sin decirlo que no lo hagamos. Si, así como lo lees...!!! De todas formas si lo queremos hacer, debemos enviar un telegrama al sindicato con copia a la empresa planteando nuestra renuncia y argumentando los motivos.

¿Donde nos metimos?

 #155355  por DAL
 
En Argentina nos metimos.
Yo no soy muy pro sindicato, asi que no opino.

Editado a pedido de Juan!!
Última edición por DAL el Mié, 28 May 2008, 12:51, editado 1 vez en total.

 #155445  por juanbeta
 
DAL escribió:En Argentina nos metimos.
Yo no soy muy pro sindicato, asi que no opino.

REspecto al tema del sueldo, te aclaro, por si entendiste mal, que tu sueldo no debe bajarse, por más que se reduzcan las horas laboradas.
Es decir, vos tenes un sueldo por muchas horas, PERO no se abonaban como extraordinarias.
Ahora vas a tener el mismo sueldo, pero probablemente hagas menos, ya que se determinó que esas horas ERAN y DEBIAN PAGARSE como extraordinarias a pesar de QUE NO NO SE PAGARON ( y de ahí se genero la deuda).
:lol: :lol: Mi universo se ha llenado de alegría !!! (no te cuento el de mis nietitas!!!)
Me asustaste. :oops: Pensé que todo para atrás....!
Un cordial y gratisimo saludo Dal.
Gracias nuevamente!!!
Miguel

 #155535  por DAL
 
Vamos a ponerles numeros:

Vos cobras y siempre cobraste 1000 por mes por una jornada larga.
Ahora llegan a la conclusión que te deben 300 de horas extras.
Tu sueldo esos meses debio ser 1300, por lo que se generó una deuda de x meses de 300 por mes.
La empresa puede:

1.- Mantener la jornada larga, porque le sirve: pero ahora va a tener que liquidar las horas extras y en consecuencia cada mes vas a cobrar 1300
2.- Afirmar que ya no hace falta la jornada larga y hacerlos trabajar exclusivamente 8 horas y nada más: en ese caso van a cobrar SOLO el sueldo convenido que es 1000, pero en definitiva por menos horas.

Lo que no va es que se considere que el sueldo de uds. es 1300 como derecho adquirido Y sumado a esto que solo trabajen 8 hs. Esa combinación, no va.

De todos modos ni se te ocurra guiarte por mis dichos. Entrevistá a un abogado urgente, antes de hablar con la gente de la empresa.

Saludos!!!!!!!

 #155538  por MORGAN
 
Es exáctamente como dice la brillante Dal.

 #155563  por juanbeta
 
MORGAN escribió:Es exáctamente como dice la brillante Dal.
Gracias Morgan y Dal... :cry: Entendí otra cosa.
Digamos que si mi jornada habitua imponía durante un año (por cambios estructurales de la empresa) 53 horas semanales por $X, la empresa puede decirme, "A partir de la fecha, trabajas 45 por $X menos las extras? (mas allá que hasta ahora no me las han pagado, pero si me han pedido que las trabaje).
Repito lo que dije antes. Rige el principio, de que si es gratis te uso, pero si me encuentro con que te tengo que pagar, dejo de usarte...y te pago lo que te debo hasta ahora.
No me parece justo. No me pareceria justo tampoco que trabaje menos horas y pretenda cobrar lo que no he trabajado. Me parece que la empresa no deberia hacer un uso indebido del ius variandi, modificando a piaccere y especulando con mi jornada laboral y los ingresos que ello me genera o deberia generarme (creditos). ¿Sino donde radica la necesidad de haberme hecho trabajar esa cantidad de horas? ¿Simplemente porque entendieron que eran gratis?. Creo que no debería ser interpretado así.
Pero si la ley dice eso, será asi. Me parece muy lineal el razonamiento. Pero Ustedes saben :idea: y yo trato de aprender.
:oops: :(
Nuevamente mil gracias Morgan y Dal. El lunes me reuniré con el abogado antes de ir a la reunión ( si tiene tiempo para atenderme en emergencia). Después les cuento que sucedió.

Un cordial y afectuoso saludo.

Miguel

 #155623  por MORGAN
 
El tema es sencillo Ud. trabaja horas extras se le pagan, no trabaja horas extras nada se le paga.
Ahora, Ud., según contó, durante cierto tiempo trabajó horas extras bueno se las adeudan y las puede reclamar.
Si el empleador utilizó su fuerza de trabajo en jornadas que exceden la normal pagándola como tal no podemos saber si lo hizo por ignorancia o por mala fé, no hubo trabajo gratuito porque Ud. puede reclamarlas.

 #155666  por DAL
 
Reitero!!!
Si su recibo de sueldo NO FIGURA LIQUIDADA horas extras ud. no las cobró y por lo tanto se las deben.

Por lo tanto, si ahora la empresa le reduce la jornada porque ya no hace horas extras NO SE REDUCE EL SUELDO YA PERCIBIDO, los 1000 en mi ejemplo, es un sueldo sin horas extras, de lo contrario no se habría generado la deuda por tal concepto. La unica forma que hay que la empresa achique la jornada y baje el sueldo de 1000 a menos, es que en esos 1000 figure expresamente que se estan pagando horas extras.

Todo lo cual es más facil de explicar y entender cara a cara, con un abogado!!!!!!!!!!!!

 #155831  por juanbeta
 
MORGAN escribió:El tema es sencillo Ud. trabaja horas extras se le pagan, no trabaja horas extras nada se le paga.
Ahora, Ud., según contó, durante cierto tiempo trabajó horas extras bueno se las adeudan y las puede reclamar.
Si el empleador utilizó su fuerza de trabajo en jornadas que exceden la normal pagándola como tal no podemos saber si lo hizo por ignorancia o por mala fé, no hubo trabajo gratuito porque Ud. puede reclamarlas.
Gracias Morgan. Planteado de ese modo es tal cual. Pero mi planteo tiene otro trazado. Se me impuso (equívocamente) una jornada de 53 horas semanales, entendiendo que esto no suponía horas extraordinarias. (a- por considerar de otra forma erronea que era trabajo por equipo. b- por entender la jornada de 48 horas semanales + 1 hora de almuerzo diaria de lunes a viernes)
Gracias a la intervención de un abogado como parte de la empresa y lograr un asesoramiento legal. Entendieron que han generado una deuda (que por otro lado no quieren tratarla como tal), que piensan "acordar" a un 30% de la realidad. Esto sucede durante un año en mi caso. En el de otros ya tiene casi tres años de antigüedad este tratamiento.
Si la empresa me hace trabajar en esa "jornada simple" por desconocimiento en el mejor de los casos sobre cual es la jornada laboral. Al modificar la misma para evitar el reconocimiento de futuras horas extraordinarias, están también modificando mi horario habitual y por lo tanto mis ingresos. Esas "horas extraordinarias", mas allá de que hayan sido o no liquidadas, para la ley deberían ser plata o créditos (deuda) y forman parte de mi haber. Las reclame o no. Por supuesto que las reclamaré para que se haga efectiva la liquidación con tdodos los rubros que corresponden como diferencias de aguinaldo, liquidación de vacaciones, tickets (10%), etc.. Pero mi horario debe seguir siendo el mismo. Ya que de otra forma, la demanda la haría por "mobbing". El razonamiento es tan sencillo como tu explicación:
Si me hicieron trabajar en "jornada normal" durante un año. No veo porque esa jornada van a reducirla. Ahh.. ¿No sabían que esa jornada no era normal?... Bueno, efectivamente tienen razón. No era normal. Paguen lo que deben y no me la modifiquen para el futuro. Porque mi salario tiene incorporado esos créditos u horas extraordinarias.
Digamos, ese es mi razonamiento. Si la ley, que supongo vos la interpretas muchisimo mejor que yo, mas alla de tu experiencia que tengo entendido que es fecunda y abundante, dice otra cosa. Estoy en el horno, pero la voy a pelear igual con un abogado, si es que procede.
Sino, aceptaría que hay un escenario de necesidad laboral antes del reclamo y otro distinto posterior al reclamo. Simplemente proque ha cesado un mecanismo de explotación. Eso no debería ser aceptado tan linealmente.
Imaginemonos que esas horas se me hubieran pagado y yo durante un año mi jornada laboral estaba dentro de un esquema de 53 horas semanales con el correspondiente salario (normal y extraordinarias). Mi vida, mi organización familiar, mis costos, se adaptarían a ese "esquema habitual". Si me lo reducen, estarían reduciendo mi "salario" en términos prácticos. Para que me modifiquen el horario habitual, deberían justificar fehacientemente los motivos. Tanto en la etapa previa al cambio, como en la posterior. O quedaría claro la "Violencia Laboral" en una de sus formas mas simples. Tal el caso de que te hagan rotar semanalmente de manera caprichosa sin que exista una razón técnica, operativa o justificable. Sino, estamos ante una situación en la que se pretende meter presión al trabajador para producir su renuncia.
Voy a charlarlo con un especialista en Mobbing y seguramente me dará un panorama de acción o retracción mas claro.
Gracias nuevamente y te pido respetuosamente disculpas por aparecer como un discenso. Te repito, que seguramente tendrás acabadas razones para entender la cosa así, como me la planteas tanto vos como Dal. Ustedes son los que saben, yo soy el espectador en esta historia.
Un abrazo
Miguel