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  • REGULACION JUDICIAL MAS ALTA QUE LO ACORDADO, PODRE COBRAR?

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #169829  por doky bravo
 
Hola a todos!!! tengo una duda y creo que seguramente me podran ayudar a resolverla. Les cuento: en un juicio de daños, por accidente de transito, se demando a mis clientes como titular de dominio a uno y al otro como conductor. La compañia de seguros del dueño del auto no los patrocino, entonces me presente por ambos como patrocinante. El jucio duro como 5 años mas o menos, el año pasado por un pedido de la actora se realizo una audiencia de conciliacion. Fuimos todos citados... ya tenian todo arreglado... me olvidaba tambien estaba la compañia de seguros del auto embistente. Se acordo un monto para la actora y honorarios para su apoderado, como estaban repartiendo... pregunto: y mis honorarios? (me tire el lance a ver si alguien queria asumirlos) la abogada de cia. de seguros ofrecio que por mi actuacion podia asumir $ 750, lo que acepte. Homologado el acuerdo debian pagar a los 30 dias de la notificacion. Se homologo este año...He aqui la duda: Al homologarse el acuerdo se regulo honorarios a abonarse segun lo acordado en esa audiencia, el tema es que me regularon $5000... :oops: :cry: se los podre cobrar a alguien? Con la compañia del otro demandado (el embistente) no acorde nada, podre reclamarle a ellos? y mis clientes me abonaron cuando conteste la demanda... Please!!! si alguien me puede ayudar... no se si puedo hacer algo... Gracias! :wink:

 #169931  por diegogvillamayor
 
si vos arreglaste algo con alguien con respecto a honorarios y luego te regularon mas, queda en vos, cobrar lo que arreglaste o lo que te regularon. Es una decision de Etica creo.
si no pactaron quien se haria cargo de las costas, entiendo que el que debe pagarte es tu cliente.
y si les cobraste al contestar la demanda, de lo que les cobraste descontale eso y cobra lo que resta para llegar a los 5.000.
Ahora vos solo arreglas 750 en un daños y perjuicios como honorarios.
Nunca hagas un arreglo sin poner quien asume las costas. y mas que nada tus honorarios.

saludos

 #170507  por doky bravo
 
diegogvillamayor escribió:si vos arreglaste algo con alguien con respecto a honorarios y luego te regularon mas, queda en vos, cobrar lo que arreglaste o lo que te regularon. Es una decision de Etica creo.
si no pactaron quien se haria cargo de las costas, entiendo que el que debe pagarte es tu cliente.
y si les cobraste al contestar la demanda, de lo que les cobraste descontale eso y cobra lo que resta para llegar a los 5.000.
Ahora vos solo arreglas 750 en un daños y perjuicios como honorarios.
Nunca hagas un arreglo sin poner quien asume las costas. y mas que nada tus honorarios.

saludos
Hola Diego! Tenes razon... es una cuestion de Etica, lo arreglado, arreglado esta. No puedo pretender que me paguen mas de lo que acepte en la audiencia, pero bueno no estaba preparada, crei que al ser demandada, solo tenia que estar en la audiencia y que se hiciera cargo la Compañia de asumir el capital reclamado por la actora. Como dije ya estaba todo arreglado extrajudicialmente y mis colegas tenian mayor experiencia que yo y quede afuera de los acuerdos. Me necesitaban para la homologacion del acuerdo. Pense que a lo mejor podria cobrarle a la otra Compañia de Seguros, que no acordo nada de honorarios para esta parte. Tambien pense en la posibilidad de que fueran mis clientes quienes pagaran la diferencia o por lo menos los aportes, pero tambien es una cuestion de etica. Entendieron que su Compañia de seguros me pagarian al terminar el jucio. Reconozco, lo encare mal, pero bueno sirve de experiencia... y gracias por el consejo... Dos veces no me va a pasar!! Hasta pronto! :wink:

 #172043  por 123justicia
 
doky bravo escribió:
diegogvillamayor escribió:si vos arreglaste algo con alguien con respecto a honorarios y luego te regularon mas, queda en vos, cobrar lo que arreglaste o lo que te regularon. Es una decision de Etica creo.
si no pactaron quien se haria cargo de las costas, entiendo que el que debe pagarte es tu cliente.
y si les cobraste al contestar la demanda, de lo que les cobraste descontale eso y cobra lo que resta para llegar a los 5.000.
Ahora vos solo arreglas 750 en un daños y perjuicios como honorarios.
Nunca hagas un arreglo sin poner quien asume las costas. y mas que nada tus honorarios.

saludos
Hola Diego! Tenes razon... es una cuestion de Etica, lo arreglado, arreglado esta. No puedo pretender que me paguen mas de lo que acepte en la audiencia, pero bueno no estaba preparada, crei que al ser demandada, solo tenia que estar en la audiencia y que se hiciera cargo la Compañia de asumir el capital reclamado por la actora. Como dije ya estaba todo arreglado extrajudicialmente y mis colegas tenian mayor experiencia que yo y quede afuera de los acuerdos. Me necesitaban para la homologacion del acuerdo. Pense que a lo mejor podria cobrarle a la otra Compañia de Seguros, que no acordo nada de honorarios para esta parte. Tambien pense en la posibilidad de que fueran mis clientes quienes pagaran la diferencia o por lo menos los aportes, pero tambien es una cuestion de etica. Entendieron que su Compañia de seguros me pagarian al terminar el jucio. Reconozco, lo encare mal, pero bueno sirve de experiencia... y gracias por el consejo... Dos veces no me va a pasar!! Hasta pronto! :wink:

el capital de condena de cuanto fue?
quien se hizo cargo de pagar la cia de seguro?
debe haber una relacion entre el capital de condena yel monto regulado podes decirnos gracias..? :roll:

 #172044  por 123justicia
 
doky bravo escribió:
diegogvillamayor escribió:si vos arreglaste algo con alguien con respecto a honorarios y luego te regularon mas, queda en vos, cobrar lo que arreglaste o lo que te regularon. Es una decision de Etica creo.
si no pactaron quien se haria cargo de las costas, entiendo que el que debe pagarte es tu cliente.
y si les cobraste al contestar la demanda, de lo que les cobraste descontale eso y cobra lo que resta para llegar a los 5.000.
Ahora vos solo arreglas 750 en un daños y perjuicios como honorarios.
Nunca hagas un arreglo sin poner quien asume las costas. y mas que nada tus honorarios.

saludos
Hola Diego! Tenes razon... es una cuestion de Etica, lo arreglado, arreglado esta. No puedo pretender que me paguen mas de lo que acepte en la audiencia, pero bueno no estaba preparada, crei que al ser demandada, solo tenia que estar en la audiencia y que se hiciera cargo la Compañia de asumir el capital reclamado por la actora. Como dije ya estaba todo arreglado extrajudicialmente y mis colegas tenian mayor experiencia que yo y quede afuera de los acuerdos. Me necesitaban para la homologacion del acuerdo. Pense que a lo mejor podria cobrarle a la otra Compañia de Seguros, que no acordo nada de honorarios para esta parte. Tambien pense en la posibilidad de que fueran mis clientes quienes pagaran la diferencia o por lo menos los aportes, pero tambien es una cuestion de etica. Entendieron que su Compañia de seguros me pagarian al terminar el jucio. Reconozco, lo encare mal, pero bueno sirve de experiencia... y gracias por el consejo... Dos veces no me va a pasar!! Hasta pronto! :wink:

el capital de condena de cuanto fue?
quien se hizo cargo de pagar la cia de seguro?
debe haber una relacion entre el capital de condena yel monto regulado podes decirnos gracias..? :roll:

 #172901  por doky bravo
 
Hola 123justicia! Te cuento la actora era 3ra transportada, reclamo a mis clientes: uno como conductor del vehiculo que la transportaba y al otro como titular de dominio, a la compañia de seguros "X" de este automotor y al que embistio a mis clientes y su respectiva compañia "A". "X" y "A" le reconocieron a la actora una suma de $12 mil y $18 mil y el 20% a su abogado apoderado. Llevaron el acuerdo hecho... y como yo estaba en la audiencia representando a mis clientes... pregunte por mis honorarios... a lo que la apoderada de "X" (cia de seguros que no represento a mis clientes, por que aludieron de que estaba haciendo remis y no habian sido contratados para ello...) respondio que no estaba autorizada a hacerse cargo de ello, pero que por mi labor calculaba un 6% y ofrecio $ 750, como el audiencista no decia nada y los demas tampoco, acepte.... Homologado este acuerdo se pagaria, pero he aqui que al salir la homologacion con regulacion, me regularon un monton... y encima que se cumplieran de acuerdo a lo pactado en esa audiencia. Mi pregunta es si puedo cobrarle la diferencia a la otra compañia, a "A"?, asumio honorarios tambien del apoderado de la actora y nada dijo sobre los mios en esa audiencia. Si me podes orientar te lo agradezco y sino... todos los dias se aprende de los errores cometidos :roll:

 #172958  por 123justicia
 
doky bravo escribió:Hola 123justicia! Te cuento la actora era 3ra transportada, reclamo a mis clientes: uno como conductor del vehiculo que la transportaba y al otro como titular de dominio, a la compañia de seguros "X" de este automotor y al que embistio a mis clientes y su respectiva compañia "A". "X" y "A" le reconocieron a la actora una suma de $12 mil y $18 mil y el 20% a su abogado apoderado. Llevaron el acuerdo hecho... y como yo estaba en la audiencia representando a mis clientes... pregunte por mis honorarios... a lo que la apoderada de "X" (cia de seguros que no represento a mis clientes, por que aludieron de que estaba haciendo remis y no habian sido contratados para ello...) respondio que no estaba autorizada a hacerse cargo de ello, pero que por mi labor calculaba un 6% y ofrecio $ 750, como el audiencista no decia nada y los demas tampoco, acepte.... Homologado este acuerdo se pagaria, pero he aqui que al salir la homologacion con regulacion, me regularon un monton... y encima que se cumplieran de acuerdo a lo pactado en esa audiencia. Mi pregunta es si puedo cobrarle la diferencia a la otra compañia, a "A"?, asumio honorarios tambien del apoderado de la actora y nada dijo sobre los mios en esa audiencia. Si me podes orientar te lo agradezco y sino... todos los dias se aprende de los errores cometidos :roll:

no se es extraño porque vos eras parte de uno de ,os demandados.., q lo hizo el dañado, pero esta bien.
yo en tu caso, intenaria notificar esa regulacion por cedula a la o las cia de seguro e intentaria el cobro, mas alla de los 750. q los enetnderia a cuenta de la regulacion o hablando mal y pronto.. me haria distraido. intenta cobrar la regulacion de algun modo .- :wink: :wink: