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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #178745  por investigando25
 
mI CLIENTE TIENE ESTUDIOS POR STRESS LABORAL y también soriasis por la misma causa , el empleador le mando tcl donde le comuncia que le guarda el puesto por un año. El plazo ya expiró, asi que suspuestamente ya la relación no existe.El empleado nunca fue a la art. ni realizo la denuncia . Puede después de un año reclamar ante la art. y cual seria el procedimiento , en uno de los tel. la empresa reconoció que si bien ella no lo consideraba enfermedad por o en ocasión del trabajo , no obstante realizaba la denuncia ante la art. Quiero saber si tengo que mandar C:D. a la Art. Comunicando la enfermedad o si lo mando directamente ante la Comisión Médica de la Calle Moreno 401- Gracias por las respuestas.
 #178833  por matiassergio
 
investigando25 escribió:mI CLIENTE TIENE ESTUDIOS POR STRESS LABORAL y también soriasis por la misma causa , el empleador le mando tcl donde le comuncia que le guarda el puesto por un año. El plazo ya expiró, asi que suspuestamente ya la relación no existe..
La relacion no existe si alguna de las partes la dio por finalizada, sino por mas que ya se haya superado el plazo de 1 año de reserva se mantiene vigente. Saludos

 #178898  por DAL
 
Tal cual, urgente comunicá alta laboral y pedí reintegro porque se queda sin trabajo y sin idemnización.

 #178899  por DAL
 
Ah! identifiquen los factores de estres, y pidan tareas acordes a sus posibilidades (livianas, psiquicamente hablando!)
 #179699  por investigando25
 
todavia no tiene el alta, que hago? y respecto de la art. no seria conveniente mandar C.D. para comunicar la enfermedad , aunque haya pasado un año- gracias

 #179966  por Watta
 
La obligación de denunciar la enfermedad laboral a la ART era del EMPLEADOR. El trabajador no concurrió a hacerse ver ante la ART pero fue intimado a hacerlo por medio fehaciente? La empresa habrá denunciado efectivamente la situación ante la ART como dijeron que iban a hacer? La valoración de si una enfermedad es producto de la relación laboral o es una enfermedad inculpable no le compete al empleador, sino a la ART

"Se consideran enfermedades profesionales aquellas que son producidas en el ámbito o a causa del trabajo. El Sistema de Ley de Riesgo de Trabajo (SLRT) reconoce previamente como profesionales a las enfermedades incluidas en el Listado de Enfermedades Profesionales que la Organización Mundial de la Salud denomina enfermedades relacionadas con el trabajo, como por ejemplo aquellas vinculadas al estrés y a la fatiga (como agente iniciador del estrés).

Para este tipo de patologías el Sistema prevé que si existe una sospecha de que alguna enfermedad no listada es producida por el trabajo, se denuncie ante la ART, y en definitiva las Comisiones Médicas evaluarán si se reconoce como enfermedad profesional para ese caso particular."


Fuente: http://www.ele-ve.com.ar/spip.php?artic ... tto.com.ar

Me gustaría serte de más ayuda pero nunca me paso que un cliente obtenga licencia por enfermedad y no le de pelota a la ART. Un abrazo!
 #180025  por investigando25
 
Gracias foristas, por la ayuda, Wattta , te aclaro que el empleador en la Ultima CD qe le envia al trabajador, le dice que hara la denuncia ,le rechaza la enfermedad como enfermedad laboral, porque sostiene que no fue oportunamente notificado ( el trabajador le contesta,notificando ka enfermedad, cuando la empresa le comunico, que habia vencido la licencia legal por enfermedad y que entraba en el periodo de un año para que le guarde el puesto) nunca le notifico que tenia que presentarse a la ART y el trabajador por sus medios tampoco lo hizo, por eso ahora estoy con el plazo de un año ya vencido , el todavia no tiene el alta , asi que por lo pronto mandare una CD a la ART comunicando la enfermedad , porque llame a la ART para ver el mecanismo y si ya estaba la denuncia de la empresa realizada, no me dieron informacion y me dijeron que se presente directamente en Moreno 401 - que es la Comisión >Méidca de todas la s art y afjp. . Sigo sin saber que hacer con la empresa, al no tener el alta médica , corre el riesgo de quedarse sin trbajo y sin indemnizacion ? gracias

 #180112  por DAL
 
Mira, si vas por esa vía se queda sin trabajo.
Consigan un alta con tareas livianas y vas tirando. volvés a intimar denuncia a ART y demás, pero pedí reintegro ANTES de que te comuniquen la disolución por vencimiento del plazo.