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  • Aplicación decreto ley nº 1409/06 (Portuarios)

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #187685  por Marí­a Gabriela
 
Hola a todos, antes que nada les aclaro que si bien soy abogada, no me dedico a previsional, pero me quiero interiorizar en esto porque es para mi papá. El actualmente se encuentra jubilado por discapacidad, trabajó casi toda su vida en el puerto, desempeñando el cargo de apuntador marítimo. Aparentemente con la alicación del decreto ley 1409/6, obtendría un beneficio ensu jubilación. Les pido que me orienten, donde me tengo que presentar, que trámite hacer, todo lo que sepan. Por favor, al ser para alguiien tan cercano como mi papá , se darán cuenta lo importante que es para mí, y quizás le sirva a otro colega.
Desde ya, muchas Gracias.
María Gabriela

 #187703  por augus tok
 
Hola. Mirá el decreto 1409 modificó el anterior 1197/04. Entre los dos disponen la posibilidad para los portuarios que trabajaron en ciertos puertos y en la época de las privatizaciones del innombrable (el turco, claro) los echaron, de computar períodos de inactividad posteriores a esos despidos y hasta cierta fecha a los efectos de obtener la jubilación.
Es decir, les permite computar períodos de inactividad como períodos con aportes para así poder llegar a la cantidad necesaria para obtener un beneficio previsional.

Si tu papá ya está jubilado, lo que podrías hacer es ver 1ro si trabajó en alguno de los puertos que dispone el art. 1º del decreto 1197 con la reforma del 1409. Si trabajó en alguno de esos puertos, podría, alos efectos de un reajuste de su haber, pedir que sean computados como servicios con aportes desde la fecha de despido a la de solicitud del beneficio. Entonces, si se los computan, es muy posible que le mejore el haber por tratarse de aportes x los últimos años previos a la solicitud de la jubilación. Mirá el art. 7º del decr. 1197/04.

Tu viejo tendría q conseguir una certif de serv. por esos períodos, pero la norma establecía un plazo de 120 días desde su vigencia para presentarla, así q habría q ver si todavía se puede conseguir (el plazo ya venció pero por ahi todavía te las toman).

Ahora, lo feo de todo esto es que la aplicación de esots decretos está suspendida hoy porque se presentaron cualquier cantidad de certif. de serv. truchas lo que generó la intervención de la justicia penal (resol anses 230/08).
Por las dudas busca el decreto y leelo. Yo lo lei hace un tiempo x una consulta en particular, pero después vi que los trámites estaban suspendidos así q no le di más bolilla.

Saludos y espero no haberte confundido más (no puedo decirte en la práctica como es el asunto xq no inicié ninguno; si te digo que los portuarios estaban consiguiendo certif a traves de sus sindicatos, y ahí es donde se armó el lío porque parece q trucharon una cantidad importante.)

 #187930  por bulerias
 
Hola, te cuento que mi papa es jubilado portuario tambien. Lo que te contestaron antes esta muy bien explicado. La realidad es que ahora esta todo suspendido por las anormalidades que hubo. El trámite se hacía en la Administración general de puertos,pero ahora no se. Yo te cuento que para averiguar voy a la udai de plaza de mayo, en realidad al lado y ahi te informan bien.Yo estoy esperando que llegue la certifición de servicios y por eso voy a consultar ahi. Saludos y suerte.Marian

 #191207  por Marí­a Gabriela
 
Gracias Agus la verdad no sabía nada del tema, por lo menos ya se por donde rumbear. Voy a buscar el dec. 1197/04. Ahora me enteré que mi viejo presentó la solicitud de certificación ante la Adm. Gral de Puertos, en mayo de este año, pero por lo que me decis, hasta que no se levante la suspensión, supongo que no habrá respuesta...
Te agradezco que hayas dado una mano, soy muy claro en la explicación.
Saludos
María Gabriela.

 #191211  por Marí­a Gabriela
 
Gracias Marian, mi papá presentó la solicitud en la Administ. gral. de puertos en mayo de este año. Como me dijo Augus está todo suspendido, igualmente hay que ir a averiguar donde vos me dijiste? Como es el trámite, por que yo me dedico a civil, de previsional no tengo ni idea. Si podés te pido me pases la dirección, y q dato s enecesita para averiguar, si es personal el tramite, en fin... como verás no sé nada.
Gracias!!!!
María Gabriela.-
 #939609  por dnatalia86
 
Buenas noches, quisiera comentar mi caso para obtener algunas aclaraciones.
mi padre es Buzo Profesional, por medio de un conocido que le comento sobre esta ley hace 3 años inicio los tramites para la jubilacion y al dia de la fecha no han habido modificaciones. sigue sin cobrar. quisiera saber si puedo ponerme en contacto con algun abogado que lleve esta ley en especial para agilizar el proceso. hemos escuchado de muchos buzos que han cobrado a la fecha y muchos otros que no.
desde ya muchas gracias
saludos