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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #192061  por drracso
 
Hola todos, a mi cliente le iniciaron un divorcio contradictorio por abandono malicioso en Pcia. de Buenos Aires. Tuvimos la audiencia en la etapa previa, no hubo acuerdo y el Tribunal cerró esta instancia. De la decisión del Tribunal notifiqué por cédula a la contraria pero hace diez meses que no presenta la demanda para continuar el trámite. Puedo pedir la caducidad en los términos del art. 310 del CPCC o bien que se la tenga por desistida de la petición?? gracias por su ayuda
 #192134  por SHT
 
CADUCIDAD ES VIABLE.-

PIDE SE DECLARE CADUCIDAD DE INSTANCIA

Señor Juez:

PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP", en mi carácter de Letrado PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" de la parte #PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP"&#, con domicilio legal constituido en la calle PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP", en los autos caratulados: "PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP"", (Expte. Nº PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP"), a V.S. digo:

La última actividad procesal realizada por una de las partes del litigio me pertenece y data del PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" de la última actividad impulsora PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".

La actora, a su vez, cumplió su última actuación el PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" última actuación PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" mostrando total desinterés en instar el proceso.

En virtud de ello, habiendo transcurrido con exceso el término establecido por el art. 310 del C.P.C.C. para que se opere la caducidad de instancia, pido así se declare con expresa imposición de costas a la actora.

Correr el pertinente traslado y con su resultado resolver de conformidad con lo aquí requerido.

Proveer de conformidad,

Será Justicia.

SALUDOS

 #192507  por diegogvillamayor
 
la caducidad en provincia se notifica a la otra parte para que en 5 dias mueva el expediente, es decir que apenas les llegue algo, mueven el exp y no hay caducidad.
Ahora que quiere tu cliente ? divorciarce? o no? porque si no quiere, que deje el expt ahi y no lo mueva mas.
SI quiere el divorcio es otra cosa.

Estas segura que se notifico la otra parte sobre el cierre de la etapa previa?

saludos