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  • Desalojo Ex-Cónyuge: Fuero Civil y Comercial o de Familia

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 #192606  por Dr. Cabrera
 
Buenas Tardes Colegas!!!..., esta vez el motivo de mi consulta es el siguiente: Me viene a ver una clienta y me cuenta su situación. Esta divorciada hace 10 años y dejó viviendo en SU casa (bien propio de la señora en cuestion debido a que fue adquirido con anterioridad al acto matrimonial) a su ex cónyuge. La cuestión es que el ex cónyuge nunca pagó los impuestos y esta señora ahora enfrenta un juicio de apremio por la municipalidad de la zona. Un hijo fruto de la relacion vive con ella pero es mayor de edad.

Convencido de que la vía procedente para sacarlo era un desalojo por tenencia precaria, me encuentro un colega que me dice "Pero no Dr..., el fuero competente en estos casos especiales es el de Familia..., la demanda deberas entablarla por ante el mismo Tribunal que decretó el divorcio"..., y ahi me agarraron las dudas. Alguien sería tan amable de aclararme la cuestión. Ante que Fuero interpongo la demanda??????????

Desde ya Muchas Gracias!!!!!!!

 #192611  por abogado_1987
 
Hola Dr. Cabrera, interpreto que el tribunal competente es el civil y comercial (provincia de Buenos Aires) pero me gustaría saber cuales son los fundamentos para la competencia del tribunal de familia (competencia en desalojo de excónyuge de bien propio = tribunal de familia del divorcio)

 #192690  por Dr. Cabrera
 
Hola Abogado_1987: El fundamento que me dió mi colega unicamente (y que para mi no es suficiente) es evitar el dispendio jurisdiccional. El bien es propio de mi clienta (aunque se le han hecho mejoras durante el matrimonio..., pero igual en ese caso que el ex reclame por la via correspondiente). Asi que no se donde entablar la demanda..., aunque para mi y coincido con vos, es el Civil y Comercial.

 #192708  por doctoreduardo
 
En mi opinión, si en la Sentencia de Divorcio quedó claramente especificado que el bien es PROPIO de la mujer, corresponde el fuero Civil y Comercial mediante una acción de desalojo.

Para ello el título del bien debe ser perfecto a nombre de la mujer.

Unicamente podría resultar competente el Fuero de Familia, si no se hizo la división de bienes de la Sociedad Conyugal, porque muchas veces pasa que la Sentencia de Divorcio sólo comprende la extinción del vínculo matrimonial, dejando de lado la división.

Saludos

 #192718  por Dr. Cabrera
 
Hola doctoreduardo!!!..., Te comento que en la sentencia no se decretó la liquidacion de la sociedad conyugal y en la respectiva escritura, con solo confrontar las fechas tanto de ella como la del acta de matrimonio, se desprende que el bien es propio. Asi que en ese caso..., que fuero corresponde entonces????

 #192730  por doctoreduardo
 
Para mí es el fuero Civil y Comercial, aunque el ex-cónyuge puede reclamar ante el fuero de Familia la liquidación de la Sociedad Conyugal por las mejoras hechas que se presumen gananciales, que deberá probar con los respectivos recibos de compra.

Pero es una hipótesis que depende del abogado que contrate.

Saludos

 #193026  por Dr. Cabrera
 
Gracias doctoreduardo y Abogado_1987 por responder!!!!!..., yo tambien pienso que el fuero competente es el Civil y Comercial..., asi que hacia alli iremos, jaja. Cualquier cosa despues les comento!!! Saludos!!!

 #193140  por abogado_1987
 
Hola Dr. Cabrera, de nada ... pero previo a la demanda intimaría la desocupación del inmueble por CD, suerte

 #193471  por Dr. Cabrera
 
Hola Abogado_1987!!!!..., Si la CD estaba por mandarla y darle un plazo de 10 días para que haga entrega del inmueble, bajo apercibimiento de bla bla bla. La CD obviamente la fundo en una "Tenencia Precaria". Cualquier sugerencia de tu parte es aceptada!!! Saludos!!!

 #193486  por abogado_1987
 
Hola Dr. Cabrera, yo no la fundaría la CD (tenencia, etc ) ... solo intimaría la restitución por ser un inmueble propio de tu cliente