Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Alimentos acordados en divorcio

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #195563  por Alma
 
Hola a todos!!! les consulto acerca de una cuota alimentaria acordada en juicio de divorcio por presentación conjunta... el monto de la cuota fue acordado y homologado en la sentencia de divorcio en el año 2006, el padre nunca abonó la cuota, la sentencia aún no ha sido notificada... la pregunta es notificando la sentencia de divorcio, puedo luego ejecutarla y reclamar lo que se adeuda de alimentos desde el 2006??? o se considera que no hay deuda sino a partir de la notificación de la sentencia? :? Gracias!
 #195594  por evasusana
 
por supuesto que podes ejecutar notifica primero y despues ejecutas Estoy en la duda si podes o no ejecutar dos años para atras esperemos otras opiniones

 #195601  por drgallegol
 
Hola:

Los alimentos son debidos desde la interposición de demanda, por lo que contás en este caso desde el momento de la presentación conjunta.

Saludos!

 #195687  por Alma
 
Muchas Gracias Evasusana y drgallegol!!!!!!!!! :D