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  • Citación a Absolver Posiciones y Prueba Testimonial

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #214535  por Danilo
 
Estimados Colegas:
Estas dos pruebas; La citación a Absolver Posiciones (confesional) y la Prueba Testimonial, ¿son diferentes, se dan por separado, cuál se realiza primero, en qué estado del proceso, debo presentar escrito por cada una, etc.? Les agradezco mucho su ayuda, ustedes saben que en lo laboral recién me estoy iniciando. Muchas gracias, Danilo.
 #214597  por fede7801
 
Danilo:
Efectivamente, son diferentes.
La confesional esta reglamentada en los arts. 404 y ss del cpcc y la testimonial en la 426 y ss del cpcc.-
Se ofrecen y se producen por separado.- Por lo general se produce primero la confesional y luego la testimonial, ya que la confesional se produce conjuntamente al momento de la audiencia del art. 360 del cpcc (audiencia preliminar) y las testimoniales luego.-
Si seguis los lineamientos del CPCC no vas a tener problemas.
Igualmente y a los fines prácticos te comento que en la confesional absuelven las partes o bien un absolvente que se haya designado. El que absuelve no esta obligado a decir verdad, ya que nadie puede declarar en su contra. El testigo en cambio si esta bajo juramento de decir verdad.-
En el escrito de inicio o de responde solamente tenes que ofrecer esos medio de prueba, para la confesional solo decis que absuelva la contraria a tenor del pliego que oportunamente vas a adjuntar.-
En cuanto a los testigos tenes que denunciar Nombre Apellido, DNI, ocupación e indicar que extremos queres probar con la declaración de cada uno de los testigos (art . 333 del cpcc).-
Si necesitas mas información te puedo enviar un modelo de ofrecimiento de prueba. Avisame
Saludos,
Danilo escribió:Estimados Colegas:
Estas dos pruebas; La citación a Absolver Posiciones (confesional) y la Prueba Testimonial, ¿son diferentes, se dan por separado, cuál se realiza primero, en qué estado del proceso, debo presentar escrito por cada una, etc.? Les agradezco mucho su ayuda, ustedes saben que en lo laboral recién me estoy iniciando. Muchas gracias, Danilo.
 #214810  por angielica
 
hola, en el caso de la absol. de posiciones, ofrezco a mi cliente ( trabajor y pido la del demandado , y acompaño pliego de las preguntas de ambos, o solo las del demandado. jeje, nunca llege a esa parte así que me nació la duda, gracias por matar mi brutalidad, en la ley de proced, dice acompañar pliego, pero no se si de ambos. beso :?

 #214815  por klaudia7
 
Hola Angielica, solo ofrece la de tu cliente en sobre cerrado para que absuelva el demandado.

 #214827  por Doncella_de_Orleans
 
A ver, a pedido de klaudia7 que está en otros menesteres impostergables aclaro, que donde quiso decir ofreces la de tu cliente para que absuelva el demandado, quiso decir, ofreces prueba confesional "se cite al demandado" que es quien absolverá (si vas por el actor, claro).
 #218057  por investigando25
 
En Pcioa. de Buenos aires, tenes que ofrecer la absolucion de posiciones y junto con la demanda debes presentar los pliegos enmsobre cerrado.

 #218443  por DAL
 
Hola donce, que milagro que viene por aca!!!!
Tecito?

 #218501  por Doncella_de_Orleans
 
Hola DAL...dele, un tecito, gracias! :D