Hola a todos.
Mi duda debe ser una pavada pero no logro darme cuenta, ni encuentro dónde resolverlo.
Si una persona trabaja 35 horas semanales, es decir cinco horas más que lo que se considera jornada reducida, el sueldo básico en su recibo debe computarse al 100% de lo que publica el correspondiente convenio colectivo?
O se hace un proporcional por 35 horas semanales?
Gracias!!!!
Mi duda debe ser una pavada pero no logro darme cuenta, ni encuentro dónde resolverlo.
Si una persona trabaja 35 horas semanales, es decir cinco horas más que lo que se considera jornada reducida, el sueldo básico en su recibo debe computarse al 100% de lo que publica el correspondiente convenio colectivo?
O se hace un proporcional por 35 horas semanales?
Gracias!!!!