Hola a todos tengo un cliente con un acuerdo en tenencia alimentos y visitas. Este Sr. debe entregarle dinero a la madre de sus hijos semanalmente, esta Sra. hace dos semanas que se niega a recibir el dinero y a dejarle ver los hijos. La pregunta es tiene que depositar judicialmente el dinero, abrir una cuenta ? no tengo idea el que me pueda ayudar gracias!
expusiste esta situacion en el expte judicial?
Si, deberia abrir una cuenta y depositar para que le quede constancia a tu cliente y despues la señora no pueda reclamarle las cuotas supuestamente adeudadas.