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  • MENCION O NO DE MEDIACION EN CAITAL EN ALIMENTOS EN PROVINCI

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #247439  por Lucero
 
BUENAS TARDES A TODOS.
ACA EL TEMA ES EL SIGUIENTE. REPRESENTO A LA MADRE DE DOS MENORES, UNO DE ELLOS MENOR DE EDAD Y EL OTRO DISCAPACITADO. EN ESTE CASO EL PADRE DE LOS MISMOS HIZO ABANDONO DEL HOGAR CONYUGAL HACE CASI UN AÑO.
POSTERIORMENTE AL RETIRO DEL HOGAR, EL MISMO REMITE C.D. A LA MADRE DE LOS MENORES A LOS FINES DE CONVOCAR A UNA MEDIACION EN CAPITAL Y FIJAR ALIMENTOS, REG. DE VISITAS Y TENENCIA.
NOSOTROS NOS PRESENTAMOS HACE YA CASI UN AÑO. LA MEDIACION QUEDO ABIERTA YA QUE NO LLEGAMOS A NINGUN ACUERDO, Y CONVENIMOS CONTINUAR CON CHARLAR CON EL ABOGADO PATROCINANTE DE LA OTRA PARTE.
A ESTA ALTURA DE LAS CIRCUNSTANCIAS Y NO HABIENDO OBTENIDO NINGUN TIPO DE RESULTADOS HEMOS DECIDIDO INICIAR JUICIO DE ALIMENTOS EN LA JURISDICCION CORRESPONDIENTE (ES DECIR PROVINCIA DE BUENOS AIRES).
AHORA BIEN, LA DUDA ES SI CONVIENE O NO INCORPORAR A LA DEMANDA CONSTANCIA DE LA CONCURRENCIA DE ESTA PARTE A LA MEDIACION SOLCIITADA POR EL PADRE DE LOS MENORES (OBVIAMENTE HACIENDO MENCION A QUE ESTA PARTE SE PRESENTO EN FORMA VOLUNTARIA, TODA VEZ QUE ESA INSTANCIA NO SE CORRESPONDIA CON LA LEY DEL DOMICILIO DE LOS MENORES).
 #247880  por Doncella_de_Orleans
 
No menciones la mediación. Estás litigando en la jurisdicción que corresponde donde no hay mediación obligatoria. Aparte quedó abierta (raro...tal vez la cerraron sin que sepas - suele pasar no me preguntes cómo-, no se puede dejar abierta, la mediadora tiene un plazo para informar al Ministerio de Justicia...).