Estimados Colegas:
En esta oportunidad quisiera plantearles la siguiente inquietud. Tengo un cliente que es empleado público (Becartio!!!!!) Pero en realidad no efectúa ninguna actividad que pueda encuadrarse en un régimen de pasantía. No obstante no desea considerarse despedido, solo desea reclamar por el accidente (sufrió un accidente con un camión inhabilitado de la repartición pública - Municipalidad)
La pregunta es: Inicio la demanda en el juzgado laboral ordinario o ante el Cont. Administrativo?
Para el caso que sea la segunda opción, alguién tiene algún modelo de accidente de trabajo de empleado público. Hago alguna salvedad específica aparte de los planteos de inconstitucionalidad tradicionales.
Espero sus respuestas. Gracias
En esta oportunidad quisiera plantearles la siguiente inquietud. Tengo un cliente que es empleado público (Becartio!!!!!) Pero en realidad no efectúa ninguna actividad que pueda encuadrarse en un régimen de pasantía. No obstante no desea considerarse despedido, solo desea reclamar por el accidente (sufrió un accidente con un camión inhabilitado de la repartición pública - Municipalidad)
La pregunta es: Inicio la demanda en el juzgado laboral ordinario o ante el Cont. Administrativo?
Para el caso que sea la segunda opción, alguién tiene algún modelo de accidente de trabajo de empleado público. Hago alguna salvedad específica aparte de los planteos de inconstitucionalidad tradicionales.
Espero sus respuestas. Gracias