Colegas, ya arranqué con este tema en otro post, pero la verdad es que, no obstante respeto muchísimo a los colegas que respondieron , es el texto de estos arts. el que me genera la duda.
Mi consulta era si en un juicio ordinario, en capital, un ds y ps, puedo proponer nuevos puntos de pericia a la ofrecida por la contraria y cuál es el momento procesal: si al evacuar el traslado de la contestación de la demanda, en la audiencia 360 o cuando se reitera el ofrecimiento de pruebas.
Porfa necesito aclarar esto, ya que tengo que evacuar el traslado esta semana y tendría que agregar puntos.
Un millón de gracias!
Mi consulta era si en un juicio ordinario, en capital, un ds y ps, puedo proponer nuevos puntos de pericia a la ofrecida por la contraria y cuál es el momento procesal: si al evacuar el traslado de la contestación de la demanda, en la audiencia 360 o cuando se reitera el ofrecimiento de pruebas.
Porfa necesito aclarar esto, ya que tengo que evacuar el traslado esta semana y tendría que agregar puntos.
Un millón de gracias!