ESTIAMDOS COLEGAS, por favor tengo una duda urgente, en un juiioc ejecutivo que incluso está mal llevado ya que la actora introduce hechos y documentación falsa a sus fines, contra una persona que está incluso discapacidtada y no puede acercarse al Juzgado, lo cual perjuidica a la parte demandada, las excepciones de falta de legitmación fueron rechadas sin prueba que se adjuntara, tengo ganas de recursar al juzgado, el mismo me concede la apelación en relación, e incluso interpuse alacartoria en los terminos del CPCCN art 243 a los efectos de que me aclare si la conceción del recuso fuera con efectos suspensivos o diferidos, ya que yo había soliitado con efectos suspensivos , me conteta el Juez diciendo que atento el art 243 tercer párrafo no procede la aclaratoria solicitada, y hoy tengo el proveido dieciendo que es suficientemente claro la resolución por la cual se concede el recurso, consulto procede el efecto suspensivo en los casos del Juicio ejecutivo, o tiene que ser devolutivo?, máxime teniendo en cuenta la documentación dolosa que presentara la actora, y las particularidades del caso, ya que la misma en forma dolosa intenta esta vía por un cobor de honoriors que no le corresponde por una jubilación por invalidez, y que tuvo que seguir ella sola con ayuda de una amiga, mil gracias, es ugente,
RENATA27, si tenés duda mirá ...
Efectos de concesión en el recurso de apelación y cuadro auxiliar clasificado en el Código Procesal texto vigente según ley 25.488
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