Mi clienta es demandada por un banco. Su ex marido había abierto una cuenta bancaria que no pagó y ella firmó como cónyuge no titular. Le falsificaron la firma en el casillero de cónyuge no titular. Desconoció la firma y el juez abrió a prueba por 20 días oficiando a policía para que acompañe registro de firma del DNI y se haga pericia caligráfica.
Pasan 21 días desde la última notificación de la apertura a prueba y se acusa negligencia porque no se había instado la misma. No hizo nada.
El juez la rechaza diciendo que el plazo comienza desde que queda firme la apertura a prueba, y cuenta la apertura a prueba desde que se notificó al perito.
El art. 156 del CPCC dice que los plazos empesarán a correr desde la notificación.
¿que alternativas tengo desde lo procesal para dejar sin efecto esta resolución?
Pasan 21 días desde la última notificación de la apertura a prueba y se acusa negligencia porque no se había instado la misma. No hizo nada.
El juez la rechaza diciendo que el plazo comienza desde que queda firme la apertura a prueba, y cuenta la apertura a prueba desde que se notificó al perito.
El art. 156 del CPCC dice que los plazos empesarán a correr desde la notificación.
¿que alternativas tengo desde lo procesal para dejar sin efecto esta resolución?
Vos y yo podemos cambiar el mundo.