hola colegas, cuando vence el plazo para acreditar el diligenciamiento de oficio si el juez no lo ordenó en el au´to de apertura a prueba. Porque me lo ordenó un mes después del auto cuando lo solicité, porque era un oficio en reserva.
Auxilio, me parece que metí la pata, porque por lo que surge del artículo tendría que haberlo acreditado a los 60 ds. desde el auto de apertura, pero ahí no me ordenó y yo conté ese plazo desde que el juez lo ordenó. Que hago?
Auxilio, me parece que metí la pata, porque por lo que surge del artículo tendría que haberlo acreditado a los 60 ds. desde el auto de apertura, pero ahí no me ordenó y yo conté ese plazo desde que el juez lo ordenó. Que hago?