Tengo dos clientes cuyos trámites jubilatorios no han sido acordados. Los dos murieron esperando. ahora bien, las viudas tienen derecho a pensión. Como lo tramito? En ANSeS las respuestas son dispares. La más logica es rastrear los exptes y transformarlos en pensión por fallecimiento para no perder el retroactivo y no tener que buscar toda la documentacion nuevamente. A alguien le pasó esto? Gracias.
Fabian